
Esto, también incluye a la Salud Sexual y Reproductiva que es un derecho inclusivo amplio, el cual no sólo abarca la atención de salud oportuna y apropiada sino también los principales factores sociales, económicos y culturales determinantes de la salud.
El Derecho a la Salud es un derecho consagrado en la Constitución de la República de El Salvador en su Art. 1 en el inc 2 que establece "Es obligación del Estado asegurar a los habitantes
de la República, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar
económico y la justicia social", así como también en Leyes Secundarias y Tratados Internacionales. La Declaración Universal de Derechos Humanos en el artículo 25, párrafo 1, establece: "Toda persona tiene derecho a un nivel adecuado de vida que le asegure asi a ella como a su familia la Salud.
Además en 1978 la conferencia de la Organización Mundial de la Salud, celebrada en Alma-Ata definió la Atención Primaria de Salud (APS) como la estrategia esencial para alcanzar la meta de Salud para todos en el año 2000 (SPT-200). La definición original, la atención primaria de salud es "La asistencia sanitaria esencial basada en métodos y tecnologías practicas, cientificamente fundados y socialmente aceptables, puesta al alcanse de todos los hombres asi como también a las mujeres y familia de la sociedad en cada una de las etapas de su desarrollo.
También se da un modelo de atención para incorporar los contenidos preventivos y de educación sobre la salud y de acción comunitaria, incluyendo actividades intersectoriales de los servicios de salud contenido en la Carta de Ottawa, como la educación para la salud y la asesoría sobre salud.
En el marco mayor de la APS (Atención Primaria en Salud) como estrategia de desarrollo orientada a mejorar las condiciones de vida de las comunidades, reducir la carga de enfermedad y favorecer la equidad en salud, los principios de la APS requieren ser alineados, armonizados y ajustados a los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Por su capacidad de fortalecimiento de los servicios de salud, la APS puede constituirse como una estrategia básica para el logro de estos objetivos internacionalmente acordados.
"La Salud tiene la característica de ser, por un lado un derecho en sí mismo y por el otro, ser condición habilitante para el ejercicio de otros derechos. En ningún otro derecho como en la Salud se observa la interdependencia entre los derechos tan claramente como en éste, ya que a la vez, la Salud depende de otros derechos.
Está orientado a la Atención Primaria en Salud en los siguientes componentes:
•
Salud Sexual y Reproductiva

•
Prevención de ITS y VIH/SIDA

•
Salud Nutricional en mujeres y niñ@s

•
Salud mental

•
Atención a mujeres y jóvenes en situación de riesgo social, especialmente aquellas víctimas de discriminación y violencia de género.

•
Atención a niñas y niñas en situación de riesgo social, especialmente aquellas y aquellos en situación de explotación social comercial y viviendo en la calle.

•
Investigación especializada.

El Salvador enfrenta retos múltiples en el sector salud. El perfil epidemiológico actual refleja una elevada presencia de enfermedades infecto-contagiosas prevenibles especialmente diarreas y las infecciones respiratorias; saneamiento ambiental deteriorado, altos niveles de desnutrición entre grupos especiales de la población tales como mujeres embarazadas y niños menores de 5 años; coexistiendo enfermedades crónicas como el cáncer de diversos tipos las enfermedades emergentes como VIH/SIDA especialmente entre adolescente y adultos y enfermedades re- emergentes como dengue, tuberculosis y malaria.
Recientemente en El Salvador, como parte de la Reforma Integral del sector salud se se aprobó, por parte de la Asamblea Legislativa, la Ley de CREACION DEL SISTEMA NACIONAL SALUD, instituciones como la AMS deberán cumplir, en lo aplicable, la Política Nacional de Salud. La atención que se implementara desde el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social es el llamado modelo de Salud Familiar, enfatizando la promoción de la salud, la prevención del riesgo y el daño en el individuo, la familia y la comunidad; asimismo,
El derecho a la Salud está reconocido en los siguientes instrumentos de Derecho Internacional y Nacional.
- Declaración universal de Derechos Humanos de 1948.
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 1966.
- Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial de 1965.
- Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1981.
- Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador” de 1988.
DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
Son parte inseparable e indivisible del derecho a la salud y de los derechos humanos. Su finalidad es que todas las personas puedan vivir libres de discriminación, riesgos, amenazas, coerciones y violencia en el campo de la sexualidad y la reproducción.
El Estado debe garantizar que toda persona pueda: decidir cuántos hijos va a tener, decidir el espaciamiento de los hijos, regular su comportamiento sexual según su propia forma de ser, sentir y pensar sin tener miedo o vergüenza, estar libre de enfermedades y deficiencias que interfieran con sus funciones sexuales y reproductivas.
Las personas deben ejercer estos derechos en forma responsable, respetando la integridad, física, mental y social de las otras personas y asumir responsabilidad por las consecuencias de sus conductas sexual y reproductiva.
Estos derechos, como parte del Derecho a la Salud, están protegidos por la legislación internacional referente a Derechos Humanos (Pactos, Convenciones y Protocolos) y por otros documentos de las Naciones Unidas.
Los derechos sexuales y reproductivos están relacionados con el libre ejercicio individual de la sexualidad y la reproducción, independientemente de la edad, condición social, raza y religión y sin estar sujeto a la coerción, discriminación o violencia.
Además, motivan a que los hombres comprendan sus funciones y responsabilidades de respetar los derechos humanos de la mujer, proteger su salud y contribuir a que sus parejas ejerzan sus derechos sexuales y reproductivos, así como a compartir la responsabilidad de los quehaceres del hogar y la crianza de los hijos, aspectos que influyen en la condición y calidad de salud de las mujeres.
También garantiza la competencia técnica de los proveedores de servicios de salud para organizar estos, de tal manera que favorezcan la atención integral y todos los aspectos asociados a la salud sexual y reproductiva.
En resumen, los derechos sexuales y reproductivos garantizan la convivencia y la armonía sexual entre hombres y mujeres, entre adultos y menores, logrando que la sexualidad y la reproducción se ejerzan con libertad y respetando la dignidad de las personas, permitiéndole al ser humano el disfrute de una sexualidad sana, responsable, segura y con el menor riesgo posible.
Los siguientes son algunos Derechos Sexuales y Reproductivos:
El Estado debe garantizar que toda persona pueda: decidir cuántos hijos va a tener, decidir el espaciamiento de los hijos, regular su comportamiento sexual según su propia forma de ser, sentir y pensar sin tener miedo o vergüenza, estar libre de enfermedades y deficiencias que interfieran con sus funciones sexuales y reproductivas.
Las personas deben ejercer estos derechos en forma responsable, respetando la integridad, física, mental y social de las otras personas y asumir responsabilidad por las consecuencias de sus conductas sexual y reproductiva.
Estos derechos, como parte del Derecho a la Salud, están protegidos por la legislación internacional referente a Derechos Humanos (Pactos, Convenciones y Protocolos) y por otros documentos de las Naciones Unidas.
Los derechos sexuales y reproductivos están relacionados con el libre ejercicio individual de la sexualidad y la reproducción, independientemente de la edad, condición social, raza y religión y sin estar sujeto a la coerción, discriminación o violencia.
Además, motivan a que los hombres comprendan sus funciones y responsabilidades de respetar los derechos humanos de la mujer, proteger su salud y contribuir a que sus parejas ejerzan sus derechos sexuales y reproductivos, así como a compartir la responsabilidad de los quehaceres del hogar y la crianza de los hijos, aspectos que influyen en la condición y calidad de salud de las mujeres.
También garantiza la competencia técnica de los proveedores de servicios de salud para organizar estos, de tal manera que favorezcan la atención integral y todos los aspectos asociados a la salud sexual y reproductiva.
En resumen, los derechos sexuales y reproductivos garantizan la convivencia y la armonía sexual entre hombres y mujeres, entre adultos y menores, logrando que la sexualidad y la reproducción se ejerzan con libertad y respetando la dignidad de las personas, permitiéndole al ser humano el disfrute de una sexualidad sana, responsable, segura y con el menor riesgo posible.
Los siguientes son algunos Derechos Sexuales y Reproductivos:
- Derecho a la Vida, a la integridad física psíquica y social y a la seguridad de la persona.
- Derecho a la igualdad y a la no discriminación.
- Derecho a la privacidad.
- Derecho a la libre información y a la educación.
- Derecho a decidir si contraer o no matrimonio y fundar una familia.
- Derecho a decidir si tener o no hijos y cuando tenerlos.
- Derecho a la atención y la protección de la salud.
- Derecho a los beneficios del progreso científico.
- Derecho a una vida libre de violencia.
- Derecho a la igualdad y equidad.
- Derecho a la atención a la salud reproductiva.
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